Y si el fisioterapeuta en educación no está…
El Decreto 85/2018, de 20 de noviembre, por el que se regula la inclusión educativa del alumnado en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha establece distinta legislación que enmarca desde el derecho a la educación, configurándolo como derecho fundamental de la ciudadanía; hasta el derecho de todo el alumnado a recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad, y a recibir orientación educativa y profesional, con independencia de las condiciones personales y sociales que pudiera presentar dicho alumnado.
Esta misma ley articula que dentro de los profesionales que pueden trabajar para dicha inclusión educativa en los centros escolares se encuentra el fisioterapeuta en educación, el cual, a través de las competencias que la Orden CIN/2135/2008, de 3 de julio, permite mejorar el estado funcional de los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad física, promoviendo el acceso al currículum escolar y garantizando que este alumnado pueda ejercer sus derechos fundamentales; además de permitir su aprendizaje y su participación escolar.
Los fisioterapeutas en educación son seleccionados por la Consejería con el curso ya empezado, por lo que no pueden participar de todas las decisiones que se toman en los centros, previas al inicio de las clases, y que afectan al alumnado con necesidades educativas especiales. Estos profesionales itinerantes de distintos centros educativos (normalmente más de diez), recorriendo cientos de kilómetros semanales haciendo uso de sus propios vehículos y recibiendo una compensación económica que, debido a la subida del precio de los combustibles, es insuficiente para cubrir los gastos ocasionados. Atienden a un volumen ingente de alumnos (normalmente más de veinte) y a sus correspondientes equipos de orientación, docentes y familias. Son despedidos en verano, al finalizar el curso y tienen que enfrentarse cada año a un nuevo proceso selectivo para mantenerse en bolsa y poder ser llamados, eso sí, cada curso en distinto orden y por tanto asumiendo cada vez una zona diferente con alumnos que no conocen, es decir, empezando cada vez de cero. Estos programas de contratación temporal impiden avanzar en la formación y especialización que requiere un ámbito de intervención tan específico como el educativo.
Todo esto, además de afectar a los propios profesionales, tiene como víctima final a otro colectivo y es el de los niños con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad física, quienes no puede acceder al aprendizaje que se les debiera de dar por derecho.
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